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Bienvenidos

BienvenidosNos complace mucho recibirlos por nuestra página.
Este medio es otra alternativa para estar comunicados con nuestros clientes y consultantes, ya que constantemente estamos brindando novedades y actualidades en la materia del ejercicio de la actividad empresarial, social, comercial, profesional, unipersonal, o para emprendedores y pequeños contribuyentes.

En este sitio, además de ofrecer los servicios profesionales, podrá contar con novedades e información en materia fiscal, y otras diversas  que lo ayudará en la toma de decisiones.
 

Nuestro Propósito

BienvenidosFilosofía:
Prestar un servicio a la medida de cada uno de los clientes brindando soluciones y asistencia personalizada.
Compromiso de profesionalidad, planificación y previsión. Así como un tratamiento global de la problemática de su gestión.
Buscamos la mejor combinación entre calidad técnica y  calidad humana con el destinatario del servicio, brindando atención personalizada permanente, asesoramiento a medida y contemplando cada caso en forma individual.
Ofrecemos además
•    Reuniones periódicas de actualización y planificación de las actividades del negocio
•    Atención de consultas puntuales, en su propio negocio
•    Asistencia permanente en procesos operativos
•    Aceptamos tareas de tercerización que nos ofrezcan otros estudios o empresas

 
Bienvenidos a Estudio Sbrascini
Resolución General 3210 (BO. 31/10/2011) 1 PDF Imprimir E-mail
Escrito por Dr. Gabriel Sbrascini   
Jueves, 10 de Noviembre de 2011 15:46

 

 

PROCEDIMIENTO. Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias.

Mediante la RG 3210, AFIP implementó el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias, a fin de controlar en tiempo real la situación fiscal y económico-financiera de quien realiza compras de moneda extranjera

 
Código Fiscal y Ley Impositiva 2011. Modificaciones. PDF Imprimir E-mail
Escrito por Dr. Gabriel Sbrascini   
Viernes, 24 de Diciembre de 2010 14:11

 

 

La legislatura de la Provincia de Buenos Aires, aprobó la Ley Impositiva para el año 2011.

Cabe resaltar que las modificaciones más importantes se producen respecto al impuesto

 a la herencia.

 
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Newsflash

 

Mediante la Resolución 841/2010 el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, ha incrementado a partir del 1/01/2011, inclusive, las tasas de intereses resarcitorios y punitorios que aplica la AFIP, según se detalla a continuación:

 

  • Intereses resarcitorios: 3% (antes 2%)
  • Intereses punitorios: 4% (antes 3%)

 

Cabe mencionar, que respecto de la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de su fecha de entrada en vigencia -1/01/2011-, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos alcanzados por los mismos

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